Calcular cuota para crédito de vivienda


Cómo calcular fácil en tu mente el valor de la cuota de un crédito de vivienda y los ingresos familiares requeridos por el Banco?

La clave está en memorizar esto:

Cuota de $13.000 por cada millón prestado.

Este tip te ayudará mucho para perfilar un cliente que esté interesado en cualquier inmueble residencial urbano que tengas para la venta en tu inventario.

Entonces:

  1. Tomas el valor de la vivienda (unidad en $ millones)
  2. Lo multiplicas por 0.7 para obtener el valor financiable (Razón: Por lo general se financia hasta el 70% en créditos hipotecarios, hasta el 80% en Leasing Habitacional o hasta el 90% en Leasing Habitacional por Libranza; tomas el que corresponda según el caso)
  3. Ese resultado lo multiplicas por $13.000 y listo... ese es el valor aproximado de la cuota que pagarías.

Ejemplo:

La vivienda vale $200 millones,

entonces: para calcular el valor financiado tomas $200 x 0.7 = $140

y luego $140 x $13.000 = $1.820.000 (cuota aproximada a 20 años sin seguros) *

Por otra parte, si deseas calcular el monto de ingresos familiares requeridos por el banco para la aprobación del crédito, considerando que por Ley de Vivienda la cuota mensual NO podrá superar el 30% de los ingresos familiares(*), lo haces así:

Continuando con el ejemplo anterior:

Tomas el valor de la cuota y lo divides por 0.3, así:

$1.820.000 / 0.3 = $6.066.000 **

Conclusión:

Se requerirán entonces, ingresos familiares demostrables de mínimo $6 millones, soportados consolidadamente entre los miembros de la familia.

Según el Decreto 1077 de 2015, se considerarán ingresos familiares para efectos del estudio de crédito, los que soporten consolidadamente personas con parentesco entre sí, o sean cónyuges o compañeros permanentes. Tratándose de parientes, serán los que tengan hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad, único civil.

* Aplica para financiación a 20 años ** Válido según condiciones del mercado hipotecario en marzo de 2023 * Decreto 3760 de 2008. Complementaria y específicamente para el caso de vivienda VIS y VIP el valor de la cuota no podrá superar el 40% de los ingresos familiares.